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Normativa

Nueva modificación en la normativa que establece y regula la expedición del pasaporte

La nueva regulación agrega requisitos técnicos contemplados en disposiciones internacionales sobre el chip electrónico incorporado al pasaporte. Alguno de estos requisitos son; los datos de filiación, fotografía digital y huellas dactilares, así como los propios caracteres técnicos que favorecerán la lectura mecánica del pasaporte.

Para los residentes en el extranjero, se prevé la posibilidad de sustituir la presentación del DNI por el pasaporte o el certificado de nacimiento. También se incorpora un nuevo punto que regulará la expedición del pasaporte en situaciones de carácter de urgencia cuando el titular de éste documento no pueda presentar la documentación requerida. En el caso de que acreditara su identidad y su nacionalidad por otros medios, el pasaporte le será expedido por período de validez temporal de 1 año.

Normativa básica reguladora

PASAPORTES ORDINARIOS

  • Reglamento (CE) nº 2252/2004 del Consejo, de 13 de diciembre de 2004, sobre normas para las medidas de seguridad y datos biométricos en los pasaportes y documentos de viaje expedidos por los Estados Miembros (Diario Oficial de la Unión Europea nº 385, de 29 de diciembre), modificado por el Reglamento (CE) nº 444/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de mayo de 2009.
  • Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE núm. 46, de 22 de febrero), modificada por la Sentencia 341/1993, de 18 de noviembre, del Tribunal Constitucional; por la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto –disposición adicional cuarta-; por la Ley 10/1999, de 21 de abril y por la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre.
  • Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características (BOE núm. 166, de 12 de julio), modificado por el Real Decreto 116/2013, de 15 de febrero.
  • Real Decreto 116/2013, de 15 de febrero, por el que se regula la expedición del pasaporte provisional y del salvoconducto (BOE núm. 47, de 23 de febrero).

PASAPORTES DIPLOMÁTICOS

  • Real Decreto 1123/2008, de 4 de julio, sobre pasaportes diplomáticos (BOE núm. 165, de 9 de julio. Corrección de errores en BOE núm. 170, de 15 de julio).

PASAPORTES DE SERVICIO

  • Real Decreto 825/1978, de 2 de marzo, por el que se crea el pasaporte de servicio para el personal de las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero (BOE núm. 100, de 27 de abril).

PASAPORTES OFICIALES

LIBRETAS DE INSCRIPCIÓN MARÍTIMA

1 comentario en «Normativa»

  1. Mi pasaporte caduca a primeros de Julio de 2015, En Marzo viajo a Costa Rica, o sea, cuatro meses antes de que caduque. Tengo que renovarlo o me sirve el que tengo.

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